Derecho - Ciencias Políticas. (Plan a extinguir)
Grado y Doble Grado. Curso 2024/2025.
Transferencia y reconocimiento de créditos
En líneas generales, la normativa sobre reconocimiento y trasferencia de créditos de la UCM se asienta, respecto de las enseñanzas de Grado, en los siguientes criterios:
- Serán objeto de reconocimiento las asignaturas de Formación Básica cuando el título cursado permanezca a la misma rama que el título al que se pretende acceder.
- Los reconocimientos se realizarán siempre en función de las competencias y conocimientos asociados a los créditos cursados.
- El Trabajo de Fin de Grado no será nunca objeto de reconocimiento.
- Es posible obtener el reconocimiento de créditos por experiencia profesional o laboral de análogo nivel, que en ningún caso superarán en su conjunto al 15% del total de créditos que constituyan el plan de estudios.
- Pueden reconocerse un total de 6 créditos como máximo por realización de actividades deportivas, culturales, de representación…etc. (Reglamento de 15 de julio de 2010, BOUC 10 de septiembre de 2010).
- No podrán ser reconocidos créditos de asignaturas previamente reconocidas o convalidadas.
Disposiciones:
- Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de octubre de 2011 por el que se aprueba la modificación del Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos (BOUC de 10 de noviembre de 2011).
- Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos, de 15 de julio de 2010 (BOUC 15 de noviembre de 2010).